Proyecto del Nuevo Cuadro de Frecuencias

      Hola a qui os dejo el enlace del nuevo cuadro de frecuencias pendiente de aprobar por el estado, hasta que no se publique en el Boe no entrara en vigor.

      Hay algunos cambios el uso de frecuencias 5.7 Ghz en los coches UN144  y el uso de frecuencias 27 Mhz en  aplicaciones industriales, científicas y médicas UN4, UN120

                            UN-4 

      Usos de baja potencia en la banda ICM de 27 MHz Aplicaciones con la consideración de uso común en la banda ICM de 26,957-27,283 MHz. De acuerdo con la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1345 de la Comisión, por la que se modifica la Decisión 2006/771/CE, y se actualizan las condiciones técnicas armonizadas en el ámbito del uso del espectro radioeléctrico para los dispositivos de corto alcance, se destinan las frecuencias que se indican seguidamente para sistemas de telemando y usos afines de baja potencia para control de modelos incluyendo voz y datos dentro de la banda de aplicaciones industriales, científicas y médicas (ICM) en 27 MHz: 26,995 MHz; 27,045 MHz; 27,095 MHz; 27,145 MHz; 27,195 MHz. La canalización es de 10 kHz. Esta utilización, cuya potencia máxima autorizada medida como p.r.a. o como potencia de equipo es de 100 mW, con un ciclo de trabajo ≤ 0,1% excepto para control de modelos, se considera de uso común. Otras aplicaciones para dispositivos genéricos de corto alcance en la banda de frecuencias 26,957-27,283 MHz incluyendo audio, serán conforme a la citada Decisión de la Comisión y a la Recomendación 70-03 de la CEPT (anexo 1), tendrán una potencia máxima de 10 mW  (p.r.a.), o bien 42 dB µA/m a 10 metros y misma consideración de uso común. Ver la nota UN115. Las instalaciones indicadas en esta nota deben de aceptar la interferencia perjudicial que pudiera resultar de aplicaciones ICM u otros usos de radiocomunicaciones en estas frecuencias. Véase también la nota UN-120 sobre el uso de la frecuencia 27,095 MHz   

UN-120 

Aplicaciones ferroviarias De conformidad con las características técnicas indicadas en la Recomendación de la CEPT ERC/REC 70-03 anexo 4, así como lo establecido en los respectivos interfaces radioeléctricos nacionales que son de aplicación, se disponen en todo el territorio nacional, las siguientes frecuencias bajo la condición de uso común para las aplicaciones ferroviarias que se indican a continuación:  Eurobaliza: Sin perjuicio de los usos indicados en la nota UN-4, la frecuencia 27,095 MHz se destina para eurobalizas en ferrocarriles. La potencia máxima es de 42 dB µA/m a 10 metros.  Baliza para ferrocarriles enlace tierra-tren: Baliza funcionado en la banda 984-7484 kHz con frecuencia central 4234 kHz. La potencia máxima es de 9 dB µA/m a 10 metros.  Baliza Euroloop para ferrocarriles enlace tierra-tren: Baliza funcionado en la banda 7,3-23 MHz con frecuencia central 13.547 kHz. La potencia máxima es de -7 dB µA/m a 10 metros.  Sensor radar para ferrocarriles: Funcionamiento en la banda 76-77 GHz. La potencia máxima es de 55 dBm como potencia pire de pico. 

   La frecuencia para PMR 446 no cambia nada.

UN-144

        Sistemas de transporte inteligentes (STI) La banda de frecuencias 5875-5935 MHz se destina, a título no exclusivo, para su utilización por los sistemas de transporte inteligentes de conformidad con la Decisión de Ejecución de la Comisión (UE) 2020/1426, que armoniza las condiciones para que las aplicaciones relacionadas con la seguridad de los STI puedan disponer de la banda y hacer un uso eficiente de ella. El rango 5925-5935 MHz destinado a los STI se limita a los STI de ferrocarril urbano. Las aplicaciones de los STI por carretera tienen prioridad por debajo de 5915 MHz y las aplicaciones de los STI de ferrocarril urbano tiene prioridad por encima de 5915 MHz. Además, en el rango de frecuencias 5915-5925 MHz, las aplicaciones de STI por carretera se limitan a las que impliquen únicamente una conectividad de infraestructura a vehículo. Los transmisores de estos sistemas tendrán una potencia máxima de 33 dBm (p.i.r.e.), la densidad espectral de potencia máxima será de 23 dBm/MHz (p.i.r.e.) y dispondrán de sistemas de control de potencia transmitida con un margen de 30 dB con el fin de optimizar el acceso y ocupación del canal, según características técnicas indicadas en la Decisión ECC/DEC (08)01. La norma técnica de referencia es el estándar ETSI EN 302 571 en la banda de 5,9 GHz. Las aplicaciones de los STI por carretera por debajo de 5925 MHz tienen la consideración de uso común. Las aplicaciones de los STI de ferrocarril urbano en el rango 5925-5935 MHz tienen la consideración de uso privativo de modo que deben disponer de autorización de uso individual para garantizar la compatibilidad con otros servicios y aplicaciones en estas frecuencias y en bandas adyacentes. Adicionalmente, de conformidad con la Decisión ECC/DEC(09)01, referente a otras componentes de las aplicaciones de los STI, se dispone también de la banda de frecuencias 63,72-65,88 GHz, en la cual el límite de potencia máxima es de 40 dBm (p.i.r.e.). Las aplicaciones de los STI en estas frecuencias tienen la consideración de uso común.


Y quien se lea todo el tocho ya pondrá comentarios sobre el y las paginas de las que comenta.



Proyecto del Nuevo Cuadro de Frecuencias

Comentaris

  1. Hola animaros a comentarlo si encontráis algo nuevo o que nos afecte a los radioaficionados.

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